I. La obligatoria para todos los sujetos obligados;
VII. Los programas de trabajo de las comisiones edilicias;
X.La gaceta municipal y demás órganos de difusión y publicación oficial municipal;
XIII.Los convenios y contratos celebrados para la realización de obra pública;
XIV.Los convenios de coordinación o asociación municipal;
XV.Los convenios para la prestación de servicios públicos coordinados o concesionados;
XVIII. El registro público de bienes del patrimonio municipal;(Muebles e Inmuebles)
XXIII. Los indicadores de evaluación del desempeño;
XXVI. La que establezca el Reglamento Interno de Información Pública del Municipio correspondiente.
I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública, que comprende:
a)La presente ley y su reglamento
b) El reglamento interno de información pública del sujeto obligado;
c) Los lineamientos generales de clasificación de información pública, emitidos por el Instituto;
f) Los criterios generales de clasificación de información pública del sujeto obligado;
h)Los criterios generales de protección de información confidencial y reservada del sujeto obligado;
j)El directorio del sujeto obligado;
k) El nombre del encargado, teléfono, fax, y correo electrónico del Comité de Clasificación;
l) El nombre del encargado, teléfono, fax, y correo electrónico de la Unidad;
m) El manual y formato de solicitud de información pública;
n) Los informes de revisión oficiosa y periódica de clasificación de la información pública; y
II. La información sobre el marco jurídico, que comprende:
a) Las disposiciones de las Constituciones Políticas Federal y Estatal
b) Los tratados y convenciones internacionales suscritas por México
c) Las leyes federales y estatales,
d) Los reglamentos federales, estatales y municipales, y
e)Los decretos, acuerdos y demás normas jurídicas generales,
III. La información sobre la planeación del desarrollo, que comprende:
b) Los apartados de los programas federales ;
c) Los apartados del Plan Estatal de Desarrollo
f)Los demás instrumentos de planeación no comprendidos en los incisos anteriores,
IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental, que comprende:
b) Los programas operativos anuales aplicables, de cuando menos los últimos tres años;
c) Los manuales de organización;
e) Los manuales de procedimientos.;
h) Los demás instrumentos normativos internos
V. La información financiera, patrimonial y administrativa, que comprende:
d)El organigrama del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años;
i) Los estados financieros mensuales, de cuando menos los últimos tres años;
m) Los donativos o subsidios, en especie o en numerario, recibidos por el sujeto obligado;
ñ) Los padrones de proveedores, de cuando menos los últimos tres años;
s) Los viajes oficiales, su costo, itinerario, agenda y resultados;
t) Las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones otorgadas de los últimos tres años;
u) Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública;
v) Las pólizas de los cheques expedidos;
VI. La información sobre la gestión pública, que comprende:
h)La agenda diaria de actividades del sujeto obligado, de cuando menos el último mes;
j)Las actas de las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados; y
Es información fundamental, obligatoria para todos los sujetos obligados:
I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública, que comprende:
a) La presente ley y reglamento;
b) El reglamento interno para el manejo de la información pública del sujeto obligado;
c) Los lineamientos generales de clasificación de información pública, emitidos por el Instituto;
d) Los lineamientos generales de publicación y actualización de información fundamental, emitidos por el Instituto;
e) Los lineamientos generales de protección de información confidencial y reservada, emitidos por el Instituto;
f) Los criterios generales de clasificación de información pública del sujeto obligado;
g) Los criterios generales de publicación y actualización de información fundamental del sujeto obligado;
h) Los criterios generales de protección de información confidencial y reservada del sujeto obligado;
i) La denominación, domicilio, teléfonos, faxes, dirección electrónica y correo electrónico oficiales del sujeto obligado;
j) El directorio del sujeto obligado;
k) El nombre del encargado, teléfono, fax y correo electrónico del Comité de Clasificación;
l) El nombre del encargado, teléfono, fax y correo electrónico de la Unidad;
m) El manual y formato de solicitud de información pública;
n) Los informes de revisión oficiosa y periódica de clasificación de la información pública, y
ñ) La estadística de las solicitudes de información pública atendidas, precisando las procedentes, parcialmente procedentes e improcedentes;
II. La información sobre el marco jurídico, que comprende:
a) Las disposiciones de las Constituciones Políticas Federal y Estatal;
b) Los tratados y convenciones internacionales suscritas por México;
c) Las leyes federales y estatales;
d) Los reglamentos federales, estatales y municipales, y
e) Los decretos, acuerdos y demás normas jurídicas generales;
III. La información sobre la planeación del desarrollo, que comprende:
a) Los apartados del Plan Nacional de Desarrollo que sirve de marco general a la planeación de las áreas relativas a las funciones del sujeto obligado;
b) Los apartados de los programas federales;
c) Los apartados del Plan Estatal de Desarrollo;
d) Los programas estatales;
e) Los programas regionales, y
f) Los demás instrumentos de planeación no comprendidos en los incisos anteriores;
IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental, que comprende:
a) El Plan General Institucional del poder, organismo o municipio correspondiente, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años;
b) Los programas operativos anuales, de cuando menos los últimos tres años;
c) Los manuales de organización;
d) Los manuales de operación;
e) Los manuales de procedimientos;
f) Los manuales de servicios;
g) Los protocolos, y
h) Los demás instrumentos normativos internos aplicables;
V. La información financiera, patrimonial y administrativa, que comprende:
d) El organigrama del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos seis años;
h) Los balances generales, de cuando menos los últimos seis años;
i) Los estados financieros mensuales, de cuando menos los últimos seis años;
l) Las auditorías internas y externas realizadas, de cuando menos los últimos seis años;
m) Los padrones de proveedores, de cuando menos los últimos seis años;
q) Los viajes oficiales, su costo, itinerario, agenda y resultados;
r) Las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones otorgadas de los últimos tres años;
s) Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública;
t) Las pólizas de los cheques expedidos;
VI. La información sobre la gestión pública, que comprende:
h) La agenda diaria de actividades del sujeto obligado, de cuando menos el último mes;
j) Las actas o minutas de las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados;
2. La publicación de información fundamental debe realizarse con independencia de su publicación oficial y debe reunir los requisitos de claridad, calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad.
Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios
Artículo 39. Información Fundamental - Municipios
1. Es información pública fundamental de los municipios:
I. La obligatoria para todos los sujetos obligados;
IV. Las exposiciones de motivos de los reglamentos vigentes en el Municipio;
IX. La gaceta municipal y demás órganos de difusión y publicación oficial municipal; Ver aquí
XII. Los convenios y contratos celebrados para la realización de obra pública;
XIII. Los convenios de coordinación o asociación municipal;
XIV. Los convenios para la prestación de servicios públicos coordinados o concesionados;
XVII. El registro público de bienes del patrimonio municipal;
XXI. La que establezca el Reglamento Interno de Información Pública del Municipio correspondiente.
1. Es información pública fundamental de los ayuntamientos:
La gaceta municipal y demás órganos de difusión y publicación oficial municipal;
Los convenios y contratos celebrados para la realización de obra pública;
Los convenios para la prestación de servicios públicos coordinados o concesionados;
La que establezca el Reglamento Interno de Información Pública del Municipio correspondiente.